Hoy lunes, casi todo el territorio nacional pasa de fase, y con ello, muchas personas se reincorporan a los lugares de trabajo. Por ello, vamos a repasar las medidas de protección e higiene para los trabajadores.
Medidas generales de higiene y/o protección de las personas trabajadoras
Todas estas medidas se basan en el «Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)”.
¿Quién puede incorporarse a su puesto de trabajo?
En lugar de quien sí, vamos a hablar de quién no. No podrán incorporarse a su puesto de trabajo las personas que:
- en el momento de la reapertura, estén en aislamiento domiciliario por diagnóstico positivo de COVID-19 o por haber tenido contacto con una persona diagnosticada.
- o tengan algún síntoma compatible con el diagnóstico de COVID-19.
- o pertenezcan a los grupos de riesgo declarados por el Ministerio.
Medidas básicas de protección e higiene para trabajadores
Para favorecer las medidas sanitarias generales, la empresa tiene que asegurarse que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuado al nivel de riesgo y debería velar porque los trabajadores las utilizasen.
La empresa, también procurará que siempre haya disponible geles hidroalcohólicos en las instalaciones, y jabón en los aseos.
Todo el personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso delos citados equipos de protección. Esta información se puede facilitar mediante comunicados internos o infografías visibles en las instalaciones.
Se debe evitar el contacto estrecho y mantener una distancia mínima de dos metros, llevando mascarilla quirúrgica o sanitaria en todo momento.
También, se debe eliminar o clausurar, en los lugares de trabajo, aparatos de uso común como: surtidores de agua, cafeteras, neveras, microondas, etc. Se hará lo posible por facilitar a los empleados agua envasada.
Se recomienda evitar permanecer en la empresa fuera del tiempo de trabajo, tanto al inicio como a la finalización del turno, sin perjuicio de los descansos laborales.
¿Y respecto a los clientes?
Se debe pedir a los clientes que acudan con mascarilla a los establecimientos. De no ser así, se les podría negar la entrada.
Se debe evitar la entrada al establecimiento de clientes que presenten síntomas catarrales (moqueo, congestión nasal o conjuntival, tos seca o productiva, lagrimeo, aspecto febril).
También, se debe evitar los saludos de cortesía que requieran contacto físico como besos, abrazos o estrecharse las manos.
Se recomienda evitar compartir objetos (por ejemplo, dinero, tarjetas de pago,bolígrafos…etc.) con clientes u otros empleados. En caso de no poder evitar el intercambio de objetos, se realizará una desinfección de manos después de dicho intercambio.